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Sección SegundaDe la Protección del Agua

Reglamento del Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial del Municipio de Zapopan, Jalisco · arts. 23 a 28

Artículos

  • Art. 23En las Unidades de Gestión ambiental definidas en el POETZ con política de protección de recursos hídricos, se observarán los…
  • Art. 24Los criterios anteriores serán considerados en: I. Los convenios que celebre el Ayuntamiento de Zapopan en la prestación del los…
  • Art. 25No podrán descargarse o infiltrarse en cualquier cuerpo o corriente de agua o en el suelo o subsuelo, aguas residuales que…
  • Art. 26Cuando las aguas residuales afecten o puedan afectar fuentes de abastecimiento de agua, la Dirección General de Ecología y la de…
  • Art. 27Las aguas residuales provenientes de los sistemas de drenaje y alcantarillado urbano, podrán utilizarse en la industria y en la…
  • Art. 28Las Direcciones General de Ecología y Obras Públicas, promoverán, que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y la…