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Artículo 8

Reglamento del Instituto Municipal de Atención a la Juventud de Jamay· Título Único › Capítulo III. Del régimen interior del Instituto › Sección Primera. De la Junta de Gobierno

De la Junta de Gobierno. 1. La Junta de Gobierno es la máxima autoridad directiva del Instituto y se integrará por:

I. Un Presidente, quien es el Presidente Municipal, o en su caso su Representante, nombrado previamente;

II. Un Secretario, cargo que es conferido al Director General del Instituto;

III. El Regidor Presidente de la Comisión Edilicia de Atención a la Juventud;

IV. El Regidor Presidente de la Comisión Edilicia de la Cultura y las Artes; y V. Once vocales, según detalle en el siguiente artículo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: 11, 32