Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 17

Reglamento del Consejo Estatal para la Planeación de Educación Superior· Capítulo III. De las Atribuciones del Consejo › Sección Tercera. De las Atribuciones del Secretario Ejecutivo

Son funciones del Secretario Ejecutivo del Consejo:

I. Presidir las sesiones del Consejo en las ausencias del Presidente o de su suplente en términos de los artículos 10 fracción I y 11;

II. Convocar, en ausencia del Presidente y de sus suplentes, a las sesiones del Pleno del Consejo, cuando así lo solicite por lo menos el treinta por ciento de sus integrantes;

III. Levantar las actas de las sesiones del Pleno;

IV. Enviar las minutas de las actas a los integrantes del Pleno dentro de los siguientes quince días hábiles posteriores a la celebración de las sesiones;

V. Informar sobre el seguimiento de los acuerdos, opiniones y recomendaciones emitidos por el Consejo, así como de las actividades realizadas por las Comisiones y los Grupos Técnicos; 6 VI. Coordinar la elaboración de los estudios técnicos que se deriven de los acuerdos del Pleno del Consejo;

VII. Certificar y, en su caso, remitir los documentos del Pleno del Consejo, previo acuerdo del Presidente;

VIII. Organizar la operación de los Grupos Técnicos constituidos por el Pleno;

IX. Apoyar al Presidente en la formulación de reportes, acuerdos y recomendaciones que éste deba rendir a las autoridades competentes;

X. Promover, previo acuerdo con el Presidente, todo lo necesario para el debido funcionamiento del Consejo; y XI. Las demás actividades que le asigne el Presidente del Consejo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: 10

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.