Capítulo VI
Reglamento del Centro de Observación de Menores · arts. 80 a 82
Artículos
- Art. 80Los menores, bajo la supervisión de los preceptores y de Trabajo Social, podrán escribir cartas y comunicarse con personas que…
- Art. 81Los menores podrán asistir a audiencia con la Dirección en el momento en que ésta lo permita.
- Art. 82En caso de comisión de errores de conducta, la Dirección y las áreas técnicas, tienen la posibilidad de escuchar las…