Los menores, bajo la supervisión de los preceptores y de Trabajo Social, podrán escribir cartas y comunicarse con personas que los ayuden a su mejoramiento biopsicosocial. En el caso de los analfabetas el preceptor o Trabajo Social podrá escribirles las cartas o comunicados.
Artículo 80
Reglamento del Centro de Observación de Menores· Título III › Capítulo VI
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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