Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 52

Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS › Capítulo VI. De los Prestadores con Licencia Federal

El personal operativo dependiente del prestador con licencia federal, debe contar con la siguiente documentación para llevar a cabo el servicio en el Estado:

I. Identificación expedida por la empresa o grupo a que pertenecen;

II. Oficio de comisión;

III. Permiso de portación de arma de fuego, cuando sea el caso; y IV. Datos del Registro del prestador ante el Consejo Estatal.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.