Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 37

Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Estado de Jalisco· Título Segundo. DE LOS PRESTADORES DE SERVICIOS › Capítulo II. De la Autorización y el Refrendo

El prestador que realice actividades para proporcionar seguridad y protección a las instituciones financieras o cualquier otra análoga, deberá ajustarse además a las disposiciones legales federales y locales que sobre el particular se encuentren en vigor.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.