Sólo por urgencia, de manera extraordinaria y con el permiso del presidente de la mesa directiva, las comisiones podrán reunirse en horas en que La Asamblea esté sesionando.
Artículo 19
Reglamento de las Comisiones del H. Congreso del Estado de Jalisco· Título II. DE LAS SESIONES › Capítulo II. DE LAS SESIONES
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