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Artículo 97

Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo XVI. De los Ascensos y Estímulos

El reconocimiento al mérito se otorgará a los miembros de la Policía Estatal para premiar actos de relevancia excepcional o aportaciones trascendentales en beneficio de la seguridad pública.

Se tendrán en cuenta además, al otorgar este reconocimiento, la lealtad, honestidad y disciplina de los aspirantes al mismo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.