Los reconocimientos de perseverancia serán de primera, segunda, tercera, cuarta, quinta y sexta clases, y se concederán a los miembros de la Policía Estatal que ininterrumpidamente presten sus servicios durante treinta, veinticinco, veinte, quince, diez y cinco años, respectivamente, en dicha Corporación.
Además del reconocimiento establecido en el párrafo anterior, quienes sean merecedores a dichos reconocimientos, ser harán acreedores además, a un estímulo económico por una sola vez, de conformidad con el presupuesto de Egresos autorizado a la Secretaría.