Sección TerceraReglas Estilísticas
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco · arts. 207 a 213
Artículos
- Art. 2071. El estilo de redacción de las leyes, decretos y acuerdos legislativos debe ser sencillo, llano, sobrio y lacónico. No deben…
- Art. 2081. Los párrafos deben contener preferentemente sólo una oración. 2. Debe preferirse la estructura tradicional de la oración…
- Art. 2091. Las oraciones deben redactarse preferentemente en sentido positivo. 2. Las oraciones no deben contener explicaciones…
- Art. 2101. Deben evitarse palabras con información cero. 2. Sólo deben usarse los adjetivos y adverbios estrictamente necesarios. 3. Las…
- Art. 2111. No deben usarse abreviaturas ni el etcétera. 2. Las siglas y acrónimos sólo deben usarse cuando los destinatarios de la ley…
- Art. 2121. Las cifras y cantidades deben expresarse preferentemente con letra. 2. Pueden expresarse con números: I. Las unidades…
- Art. 2131. La denominación de las unidades organizativas debe ser breve y sin utilizar artículos ni preposiciones iniciales. 2. Las…