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Artículo 42

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Quinto. COMISIONES Y COMITÉS › Capítulo III. Sesiones de comisión

1. Las personas asistentes a una sesión de comisión deben guardar el orden debido. 2. El Presidente puede llamar al orden a los asistentes y en su caso pedir su retiro del lugar de la sesión de comisión.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.