Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Capítulo XXVIIIDEL DEPARTAMENTO DEL BOLETIN JUDICIAL

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco · arts. 203 a 204

Artículos

  • Art. 203Mientras se encuentre concesionario a particulares la edición y venta del Boletín Judicial, se nombrará un Jefe a este…
  • Art. 204Enterará con toda oportunidad y de manera fehaciente al Presidente o a la Comisión correspondiente de cualquier causa que le…