El Consejo Consultivo del Poder Judicial, tendrá las siguientes atribuciones:
I. Apoyar el interés y dinamismo al Tribunal de Justicia en todas las acciones que tiendan a mejorar el servicio judicial del Estado;
II. Coadyuvar con las dependencias del Supremo Tribunal de Justicia que soliciten su apoyo previa autorización del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado;
III. Prestar su apoyo al Poder Judicial, sin involucrarse en la función jurisdiccional de los Tribunales;
IV. Emitir opiniones sin el carácter vinculatorio o de ejecutividad;
V. Evaluar y analizar los resultados y el desarrollo de las actividades realizadas por el Poder Judicial del Estado de Jalisco y rendir un informe público cada año;
VI. Ser Instrumento social que permita percibir y captar las opiniones de los sectores sociales y de la ciudadanía en general, respecto a la impartición y administración de la justicia en el Estado;
VII. Actuar permanentemente como foro de consulta y análisis con respecto a todo lo relacionado con la impartición y la administración de la justicia del Estado;
VIII. Promover, realizar, organizar, recopilar y difundir estudios técnicos que en esta materia, elaboren y presenten, organismos especializados, universidades, instituciones públicas y administración de la justicia; y IX. En general asesorar y ser el órgano de consulta de todas las actividades relacionadas directa o indirectamente que posibiliten el que la impartición de justicia sea efectivamente pronta, completa e imparcial.
DE LAS SESIONES PLENARIAS