Esta dependencia se integrará con el siguiente personal:
I. Un Director;
II. El número de ejecutores que acuerde el Pleno y autorice el presupuesto de egresos del Poder Judicial para la práctica de las diligencias ordenadas por los jueces de lo Civil, de Arrendamiento Inmobiliario, Mercantil y Familiar del Primer Partido Judicial;
III. El número de notificadores que acuerde el Pleno y autorice el presupuesto de egresos del Poder Judicial para la práctica de las diligencias que ordenen las Salas y Jueces que se mencionan en la fracción anterior;
IV. Una taquimecanógrafa adscrita al Director; y V. Los auxiliares técnicos en computación y mecanógrafas que determine el Pleno y autorice el presupuesto de egresos del Poder Judicial que funcionará como personal de apoyo del Director, de los ejecutores y de los notificadores.