Independientemente de los derechos y obligaciones previstas por la Ley y la Ley de Servidores públicos del Estado, el Personal de base tendrá las siguientes obligaciones:
I. Radicar en el lugar de residencia de la oficina a que están adscritos;
II. Cumplir con el horario de trabajo que determine el Pleno; y III. Desarrollar eficazmente el trabajo que les sea encomendado por el Director o su superior inmediato.