Capítulo XIDe la Programación y Presupuestación
Reglamento de la Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios · arts. 37 a 41
Artículos
- Art. 37En la presupuestación de los proyectos, las entidades ejecutoras deberán observar lo siguiente: I. Determinar el presupuesto…
- Art. 38Las entidades estatales darán prioridad a las previsiones para el cumplimiento de las obligaciones que se contraigan en los…
- Art. 39En el anteproyecto de presupuesto de egresos del Estado de cada ejercicio fiscal se señalarán las obligaciones de pago previstas…
- Art. 40Los pagos que se realicen como contraprestación por los servicios recibidos al amparo de un contrato se registrarán como gasto…
- Art. 41En casos excepcionales de proyectos cuya realización implique llevar a cabo obras públicas para construir parte de los activos…