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Artículo 90

Reglamento de la Ley de Movilidad, Seguridad Vial y Transporte del Estado de Jalisco· Título Séptimo. REQUISITOS PARA CIRCULAR EN LA VÍA PÚBLICA › Capítulo V. FACTORES DE RIESGO Y CONTROLES EN LA CIRCULACIÓN

1. Será requisito para la liberación del vehículo presentar el oficio o acta de cumplimiento de la sanción emitida por el Centro Urbano de Retención Vial por Alcoholimetría, o el lugar que determine el Juez Calificador para los casos de los municipios o los previamente designados para este efecto.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.