1. Para que la Secretaría pueda expedir una autorización para instalar publicidad, la persona solicitante debe cubrir los siguientes requisitos:
I. Presentar solicitud ante la Unidad Administrativa correspondiente de la Secretaría, con la foto de la unidad o infraestructura sobre la que se colocará la publicidad, medidas y diseño del anuncio y los documentos con los cuales se acredite propiedad y cumplimiento de los requisitos para circular;
II. Contar con un seguro de responsabilidad civil que cubra eventuales daños a terceros, que puedan ocasionarse con la instalación, estructura o dimensiones de la publicidad que se trate;
III. Pagar los derechos sobre la autorización para la colocación de publicidad;
IV. El vehículo sobre el que se vaya hacer la instalación de la publicidad invariablemente y como requisito indispensable deberá contar con placas de circulación del Estado de Jalisco y cumplir con todos los requisitos necesarios para circular en la vía pública; y V. El propietario del vehículo y la empresa de publicidad son responsables solidarios en el caso de omitir los requisitos y trámites señalados en el presente Reglamento, así como de la contravención a lo dispuesto por la Ley y el presente ordenamiento.