1. Las personas conductoras deben hacer las siguientes señales con el brazo, antebrazo y mano izquierda en forma claramente visible para las demás personas conductoras en los siguientes supuestos:
I. Brazo, antebrazo y mano extendidos horizontalmente para anunciar que se va a dar vuelta a la izquierda o aplicando la luz direccional en ese sentido;
II. Brazo horizontal, antebrazo hacia arriba y mano con los dedos hacia la derecha, para anunciar que se va a dar vuelta en esa dirección, o aplicando la luz direccional en ese sentido; y III. Brazo horizontal, antebrazo hacia abajo y mano extendida con la palma hacia atrás, para anunciar que se va a detener o aplicando las luces intermitentes.