1. Los señalamientos tiene el siguiente orden de preferencia:
I. Las señales humanas del Policía Vial o Policía Vial Municipal o cualquier ciudadano en casos de urgencia y extrema necesidad cuando no exista señalamientos o autoridad en el lugar;
II. Las electromecánicas; y III. Las verticales y horizontales. 2. En los cruceros controlados por semáforos:
I. La luz roja proyectada hacia las personas conductoras y personas peatonas indica alto;
II. La luz verde indica siga, para lo cual esperará cinco segundos para avanzar;
III. La luz ámbar indica preventiva, interpretándose esta última, como el lapso que existe para despejar la Intersección cuando algún vehículo haya entrado a él o se encuentre muy próximo y no le sea posible detenerse inmediatamente por el riesgo de producirse un impacto por alcance, por lo cual toda persona conductora deberá disminuir la velocidad hasta hacer alto total cuando tenga esta indicación; y IV. La luz de flecha en color verde, indica vuelta a donde se direcciona, la luz de flecha en color ámbar, indica precaución o preventiva previo a virar a donde se indique; y la luz de flecha en color rojo indica prohibición de dar la vuelta a donde se indique. 3. Cuando la luz roja de los semáforos sea intermitente, deberá hacer alto la persona conductora podrá continuar la circulación, después de cerciorarse que no se aproximen personas peatonas, personas ciclistas u otros vehículos por la arteria transversal. 4. Cuando la luz ámbar sea intermitente, los conductores disminuirán su velocidad antes de entrar a la Intersección, y continuarán con las precauciones necesarias.