Corresponde a los integrantes del Sistema de Cultura, lo siguiente:
I. Proponer ante el Pleno del Sistema de Cultura, las medidas o acciones necesarias para lograr un mejor aprovechamiento de los recursos e infraestructura de los bienes y servicios culturales que presta el Estado;
II. Presentar ante el Sistema de Cultura, los proyectos de programas y convenios para fortalecer la política cultural del Estado;
III. Participar en el Sistema de Cultura con voz y voto en las decisiones de su competencia que se tomen de manera colegiada;
IV. Presentar los proyectos de programas y acciones en materia de cultura para que en su caso sean considerados en el Programa Estatal;
V. Convocar a sesiones por acuerdo de una tercera parte de sus integrantes cuando el Presidente no lo haya hecho; y 4 VI. Las demás que establezca la Ley y otros reglamentos.