La resolución que ponga fin al recurso de inconformidad deberá de expresar:
I. Lugar y fecha de emisión;
II. Los nombres de las partes y el carácter con que comparecen;
III. La resolución o acto impugnado;
IV. El resultando que deberá contener la relación cronológica y síntesis de las actuaciones;
V. Una parte considerativa en la que se deberán expresar con precisión las razones y fundamentos legales para absolver o sancionar a la persona, autoridad, entidad u organismo deportivo que emitió la resolución o acto impugnado;
VI. Las proposiciones concretas; y VII. Las firmas de los miembros de la Comisión de Apelación que votaron la resolución, debiendo mencionarse el sentido de su voto.