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Título CuartoDel Trámite y Registro

Reglamento de la Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco · arts. 68 a 89

Dentro de este título

Artículos de este nivel

  • Art. 68El presente título tiene como objeto regular lo relativo a: I. Las anotaciones catastrales respecto a las operaciones traslativas…
  • Art. 69Los bienes inmuebles no pueden aparecer inscritos a la vez en favor de dos o más personas distintas, a menos que éstas sean…
  • Art. 70Las cancelaciones de las anotaciones catastrales se practicarán únicamente a petición de la autoridad judicial, teniendo como…
  • Art. 71Sólo por orden de la autoridad judicial o administrativa competente, se llevará a cabo la anotación de abstención de movimientos…
  • Art. 72En todos los trámites o anotaciones catastrales se deberá revisar, previo a su registro, que se cuente con la documentación que…