En todos los trámites o anotaciones catastrales se deberá revisar, previo a su registro, que se cuente con la documentación que acredite la existencia del acto jurídico, que acredite estar al corriente de las contribuciones correspondientes y demás requisitos aplicables.
Asimismo, se deberá verificar que los datos sean coincidentes entre los documentos presentados, la operación catastral solicitada y los antecedentes registrales en el catastro.
La documentación deberá presentarse en original y dos copias o, en su defecto, podrán presentarse copias debidamente certificadas.