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Artículo 68

Reglamento de la Ley de Catastro Municipal del Estado de Jalisco· Título Cuarto. Del Trámite y Registro

El presente título tiene como objeto regular lo relativo a:

I. Las anotaciones catastrales respecto a las operaciones traslativas de dominio, así como las modificaciones al padrón catastral que, para los efectos de la Ley, se practiquen;

II. La documentación y los formatos requeridos que deben sustentar las operaciones catastrales; y III. Los servicios que debe proporcionar la autoridad catastral, así como las certificaciones de los documentos y datos que forman parte del archivo y del padrón catastral.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.