Capítulo VIIIDe la Comisión de Atención
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia · arts. 59 a 64
Artículos
- Art. 59La atención es el conjunto de servicios integrales que se proporcionarán a las mujeres que hayan sufrido algún tipo o modalidad…
- Art. 60La atención que se le proporcione al agresor será reeducativa y ausente de cualquier estereotipo social y laboral contra la…
- Art. 61La atención proporcionada por las instituciones públicas a las víctimas y a los agresores, será de manera gratuita, integral y…
- Art. 62Los servidores públicos y el personal de instancias privadas que otorguen atención a mujeres víctimas de cualquier tipo de…
- Art. 63En los casos de violencia sexual se tomarán en consideración los siguientes criterios: I. Construcción social de la agresión; y…
- Art. 64La atención que se proporcione a las víctimas se clasificará de la siguiente manera: I. Inmediata y de primer contacto; II.…