El Consejo Estatal acordará si ha lugar a la procedencia de emitir la declaratoria de alerta de violencia contra las Mujeres y, en su caso, la Secretaría Ejecutiva del Sistema ,Estatal la remitirá a la Secretaría General de Gobierno para que emita dicha declaratoria y notifique la misma al ayuntamiento correspondiente.
Artículo 15
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia· Capítulo II. De la Alerta de Violencia contra las Mujeres
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