Todo servidor público tiene el derecho a que el Poder Legislativo le proporcione capacitación o adiestramiento que le permita elevar su nivel de vida y productividad, conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el Poder Legislativo y el Sindicato.
Artículo 18
Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo· Capítulo Sexto
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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