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Artículo 17

Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo· Capítulo Quinto

Si no hubiese acuerdo entre los integrantes de la Comisión, el asunto volverá a ser revisado por segunda ocasión por la misma Comisión, y si persistiera el desacuerdo, será remitido el asunto a la Comisión de Administración o de Inspección, según corresponda, quienes resolverán en definitiva la controversia.

DE LA CAPACITACIÓN

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.