Capítulo VIDe la inscripción de los alumnos
Prevenciones para las Escuelas Oficiales (1899) (Educación, abrogada) · arts. 27 a 30
Artículos
- Art. 27En cualquier tiempo del año escolar se podrá hacer la inscripción de alumnos, más cuando estos presentaren alguna enfermedad…
- Art. 28Al ser inscripto un alumno se le sujetará a un reconocimiento para determinar el año escolar a que deba pertenecer. De dicho…
- Art. 29El registro de inscripción de un alumno deberá contener los datos siguientes: 1º. Número de orden y fecha de inscripción. 2º.…
- Art. 30El Director del Establecimiento dará al alumno inscripto la matrícula correspondiente. [Modelo núm. 6.]