Las áreas de trabajo no productivas, tales como limpieza, jardín, cocina, lavandería, así como aquellos productos que provengan de la labor terapia efectuada en los centros escolares o en otros sectores de tratamiento diverso, seguirán bajo el control de la administración de cada institución a través de la Dirección General de Readaptación Social.
Artículo 19
Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social· Capítulo I. De la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social
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