Capítulo IIDe las Autoridades Administradoras
Ley para la Administración de Bienes Asegurados, Decomisados o Abandonados para el Estado de Jalisco · arts. 4 a 14
Dentro de este capítulo
- Sección Segunda. Del Administrador arts. 7 a 14
Artículos de este nivel
- Art. 4La Comisión se integrará por: I. El Fiscal Estatal, quien la presidirá; II. El Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del…
- Art. 5La Comisión es un órgano administrativo desconcentrado de la Fiscalía Estatal, con autonomía técnica y operativa, sesionará…
- Art. 6La Comisión tendrá las atribuciones siguientes: I. Emitir acuerdos y lineamientos generales para la debida administración y…