Capítulo VDe las Sanciones
Ley para el Fomento y Participación de las Organizaciones de la Sociedad Civil en el Estado de Jalisco · arts. 24 a 29
Artículos
- Art. 24Las organizaciones de la sociedad civil, agrupaciones y redes que incumplan algunas de las obligaciones a que se refiere esta Ley…
- Art. 25Para efectos del presente capítulo, se entiende que existe reincidencia cuando el mismo infractor incurra en dos o más…
- Art. 26El Comité, previo dictamen del Secretario Ejecutivo, valorará la obligación incumplida y emitirá resolución fundada y motivada de…
- Art. 27La suspensión temporal o la cancelación definitiva del registro, impiden a las organizaciones el disfrute de los derechos que…
- Art. 28Si la cancelación definitiva del registro se debió a causas imputables a los representantes legales o asociados de la…
- Art. 29Las sanciones previstas por esta Ley para las organizaciones son independientes de las del orden civil o penal a que haya lugar.