1. El Secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política tiene las siguientes atribuciones:
I. Auxiliar al Presidente en la preparación de los documentos necesarios para los trabajos de la Junta;
II. Registrar y llevar el seguimiento de los acuerdos tomados en la Junta;
III. Asistir a las reuniones de la Junta; y IV. Las demás que le sean requeridas.