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Artículo 50

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Quinto. ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONGRESO DEL ESTADO › Capítulo I. Secretaría General del Congreso del Estado

1. La Secretaría General del Congreso del Estado es el órgano administrativo dependiente de la Asamblea que se encarga de la coordinación, supervisión y ejecución de las tareas que permitan el mejor cumplimiento de las funciones legislativas y la atención eficiente de las necesidades administrativas y financieras. 2. La Secretaría General asegura la imparcialidad de los servicios que se prestan al Congreso del Estado y observa en su actuación, las disposiciones contenidas en esta ley y en las disposiciones reglamentarias, así como las políticas y los lineamientos aprobados por la Asamblea o los órganos que establece esta ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.