Capítulo XIIPersonal Docente
Ley Orgánica de los Servicios Culturales (1939) (Educación, abrogada) · arts. 62 a 65
Artículos
- Art. 62El personal docente de las Escuelas Primarias, Normal y demás instituciones educativas, se compondrá de maestros directores…
- Art. 63El nombramiento y remoción del personal docente a que se refiere el artículo anterior, será hecho por el Ejecutivo del Estado de…
- Art. 64Para ingresar al magisterio del Estado, se requiere: I. Tener de 16 a 45 años de edad los hombres y de 15 a 40 las mujeres; II.…
- Art. 65Están incapacitados para ejercer el magisterio: I. Los que adolezcan enfermedades crónicas contagiosas o repugnantes; II. Los que…