Sección CuartaDe la Rectoría
Ley Orgánica de la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara · arts. 21 a 29
Artículos
- Art. 21La Rectoría es el órgano de administración de la Universidad, la cual estará a cargo de un Rector, quien será la máxima autoridad…
- Art. 22Para ser electo Rector se requiere: I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Ser…
- Art. 23El cargo de Rector de la Universidad tendrá una duración de cuatro años, pudiendo ser ratificado por el titular del Poder…
- Art. 24El Rector tendrá las siguientes atribuciones: I. Conducir el funcionamiento de la Universidad, vigilando el cumplimiento de sus…
- Art. 25Para el despacho de los asuntos que competan al Rector, éste se auxiliará del Abogado General, de las secretarías de área, de las…
- Art. 26El Abogado General de la Universidad será nombrado por el Rector de la Universidad, y ejercerá su encargo durante el mismo…
- Art. 27El patrimonio de la Universidad estará constituido por: I. Los bienes muebles e inmuebles, los archivos escolares, académicos y…
- Art. 28Los bienes propiedad de la Universidad serán inembargables e imprescriptibles y estarán exentos de toda clase de contribuciones…
- Art. 29Corresponderá a la Junta Directiva, previa autorización del H. Congreso del Estado, autorizar la enajenación de bienes muebles…