Corresponderá a la Junta Directiva, previa autorización del H. Congreso del Estado, autorizar la enajenación de bienes muebles propiedad de la Universidad, que dejen de ser destinados por la misma para la realización de sus funciones o para ser sustituidos por otro diverso.
Artículo 29
Ley Orgánica de la Universidad Politécnica de la Zona Metropolitana de Guadalajara· Capítulo Tercero. De los Órganos de la Universidad › Sección Cuarta. De la Rectoría
Conexiones dentro de la misma norma
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