Durante el tiempo de la elección no podrá haber tropa armada en las calles adyacentes a la cuadra en que estuviere instalada la casilla.
Tampoco habrá, dentro de la misma zona, personas que estén aconsejando a los votantes el sentido en que deban sufragar.
La infracción de esta disposición se castigará con reclusión de uno a once meses y multa de doscientos a mil pesos.