Contra los actos y resoluciones dictadas por los organismos electorales y el Registro Estatal de Electores, que afecten a los ciudadanos, a los partidos políticos y a sus candidatos registrados para la elección respectiva, sólo podrán interponerse los recursos de aclaración y revisión, previstos en este Capítulo.
Artículo 200
Ley Electoral (1987) (Electorales, abrogada)· Título Noveno. Nulidades, Recursos y Sanciones › Capítulo II. De los Recursos › Sección Primera. Disposiciones Generales
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