El Registro Estatal de Electores es una Institución permanente, con funciones técnicas para fines electorales, dependiente del Consejo Electoral del Estado, encargado de efectuar, clasificar y mantener actualizada la inscripción de los ciudadanos en el padrón electoral, a efecto de que puedan sufragar en las elecciones conforme a las disposiciones constitucionales, a las de esta Ley y sus reglamentos.
Artículo 85
Ley Electoral (1979) (Electorales, abrogada)· Título Tercero. De los Organismos Electorales, Integración y Funciones › Capítulo VI. Del Registro Estatal de Electores
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