Los dirigentes y participantes en partidos políticos son responsables civil y penalmente de los actos que ejecuten en el ejercicio de sus actividades propias.
Artículo 28
Ley Electoral (1979) (Electorales, abrogada)· Título Segundo. De los Partidos Políticos › Capítulo II. Derechos y Obligaciones
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.