‑ La votación se efectuará en la forma siguiente:
I. El elector, de manera secreta, marcará con una cruz en la boleta, el círculo que contenga el color o colores y emblema del Partido o Coalición por la que sufraga o escribirá en el lugar correspondiente, el nombre de un candidato, fórmula o planilla, si éstos no estuvieren registrados.
Si el elector es ciego o se encuentra impedido, podrá auxiliarse de otra persona para que en su lugar realice la operación anterior.
El elector que no sepa leer ni escribir, podrá manifestar a la Mesa si desea votar por persona o fórmula distinta a los registrados, en cuyo caso podrá también auxiliarse de otra persona.
La Oficialidad, las Clases, la Tropa, los Policías y las Gendarmerías, deben presentarse individualmente a votar, sin armas, y no votarán bajo mando o vigilancia de superior alguno, a fin de garantizar su libertad de sufragar;
II. El elector personalmente o el Presidente de la Mesa, en caso de impedimento físico introducirá la boleta electoral respectiva en la urna correspondiente; y III. El Secretario de la Casilla en la lista nominal o Padrón Electoral, escribirá la palabra “votó”, a continuación del nombre del Elector una vez cerciorado de que éste depositó su voto en la urna correspondiente. El Presidente de Casilla devolverá a éste su credencial con idéntica anotación y la fecha de la elección.