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Capítulo SegundoDe la Iniciación

Ley del Procedimiento Administrativo del Estado de Jalisco · arts. 44 a 51

Artículos

  • Art. 44El procedimiento puede iniciarse de oficio o a instancia de persona interesada.
  • Art. 45El procedimiento de oficio se inicia por: 9 I. Acuerdo del órgano competente. II. Orden de órgano superior. III. Sugerencia…
  • Art. 46El procedimiento a petición de parte, debe ser promovido por persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho…
  • Art. 47Las promociones de carácter administrativo que se realicen, deben presentarse ante las unidades administrativas de la entidad o…
  • Art. 48Se consideran presentadas dichas promociones, el día en que las reciba la autoridad competente, siempre que por el cumplimiento…
  • Art. 49Cuando por el cumplimiento de los plazos se imponga una carga procedimental al particular, se entenderán interpuestas las…
  • Art. 50Cuando un escrito sea presentado ante un órgano incompetente, éste debe remitir el expediente en un plazo máximo de cinco días…
  • Art. 51Las dependencias o entidades ante las cuales se substancien procedimientos administrativos, establecerán un sistema de…