Para una mejor prestación de los servicios notariales podrán hasta tres notarios celebrar convenio de asociación notarial, cuyo clausulado será libre, cumpliendo con los siguientes requisitos:
I. Que no se incluyan disposiciones contrarias a la equidad, a esta ley u otras disposiciones legales;
II. Que los notarios formen parte de la misma Región notarial; y III. Que actúen en oficina notarial única.