No existirá incompatibilidad entre el ejercicio del notariado y las siguientes actividades:
I. La docencia;
II. La asistencia pública o social; 10 III. Ejercer el cargo de Magistrado del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, en los términos de lo dispuesto por la Ley para los Servidores Públicos del Estado y sus Municipios; y IV. Fungir como árbitro, amigable componedor, mediador o conciliador.