El titular del Poder Ejecutivo emitirá un acuerdo mediante el cual declarará la creación de una nueva notaría, con motivo del incremento de población en los términos de esta Ley o en los casos de vacancia, la cual deberá ser publicada en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” y en uno de los diarios de mayor circulación en la Entidad.
La publicación en el Periódico Oficial a que se refiere el párrafo anterior, tendrá efectos de notificación personal para todos los interesados.
El Acuerdo se comunicará al Consejo de Notarios para su difusión por cualquier medio.