Corresponderá al Secretario del Consejo o a quien haga sus veces:
I. Dar cuenta al Presidente de los asuntos y comunicar los acuerdos;
II. Suscribir con el Presidente, las convocatorias para la celebración de asambleas del Colegio o juntas del Consejo;
III. Redactar las actas de sesiones del Colegio y del Consejo;
IV. Llevar la correspondencia, libros de registro, archivo y cuidar la biblioteca del Colegio;
V. Expedir las constancias que en el ejercicio de sus funciones atañen al Consejo de Notarios, y copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos; y VI. Las demás que le confieran los estatutos y el reglamento Interior del Consejo.