Los Delegados Regionales, dentro de su respectiva circunscripción territorial, auxiliarán y apoyarán en sus funciones al Director General y a los Directores de Operación y Administración, conforme lo estipule el Reglamento Interno del Centro, las demás disposiciones administrativas y legales, así como los lineamientos generales que para el mejor desempeño de sus atribuciones emita el Consejo de Administración y el Director General del Organismo. 5
CAPITULO QUINTO Del Control y Vigilancia